Criterios para la recepción de estudiantes provenientes de universidades extranjeras

Estudiantes extranjerosCondiciones para la recepción de estudiantes provenientes de universidades extranjeras que realicen pasantías o estancias de estudios en la Facultad de Agronomía.
 
Aprobadas por el Consejo de Facultad de Agronomía en sesión del 25 de mayo de 2020 (resolución Nro.667)
 
1. Ámbito de aplicación.
Estas condiciones se aplicarán para la recepción de los estudiantes de grado o de posgrado, provenientes de instituciones de Educación Superior del extranjero, que realicen prácticas, actividades curriculares, períodos cortos de residencia y visitas académicas en la Facultad de Agronomía en el marco de actividades de enseñanza o proyectos a cargo de los Departamentos académicos o las Estaciones Experimentales. Se excluye de la aplicación de estas condiciones a los estudiantes extranjeros que realicen estudios en la Facultad con el propósito de obtener un título académico en la misma. Asimismo, se excluye la aplicación a los estudiantes provenientes de instituciones de Educación Superior del extranjero que participen de programas de intercambio en los que participe la Universidad de la República o que provengan de instituciones que hayan firmado un convenio específico para el intercambio estudiantil con la Facultad de Agronomía.
 
2. Los estudiantes comprendidos estarán sometidos a las normas generales de aplicación a los estudiantes de la Facultad de Agronomía. Sin embargo, por el hecho de desarrollar las actividades que se enumeran en el artículo precedente, no se convertirán en estudiantes de la Facultad, ni podrán optar a obtener un diploma o cualquier otro reconocimiento académico de la misma.
 
3. Cuando se trata de actividades curriculares, la documentación oficial que acredite el rendimiento académico obtenido por el estudiante en la Facultad de Agronomía será expedida por el Departamento de Administración de la Enseñanza. En dicha documentación se hará constar cuáles son las asignaturas cursadas, carga lectiva en créditos y calificaciones. Toda la documentación será enviada directamente a la institución de origen sin perjuicio de expedir las constancias que solicite el estudiante.
 
4. Las gestiones necesarias para obtener el reconocimiento de los estudios ante la universidad de origen serán de responsabilidad del estudiante de acuerdo a la normativa que le sea aplicable. El mencionado reconocimiento de estudios quedará a criterio de la universidad de origen.
 
5. Responsabilidades de los estudiantes. Los estudiantes serán responsables de lo siguiente:
 
a. Antes de arribar al país:
- suscribir un seguro que comprenda salud, accidentes y repatriación;
- realizar los trámites para la obtención del pasaporte y visa (si corresponde);
 
b. Durante su permanencia en la Facultad:
- hacerse cargo de los gastos de:
- desplazamiento desde y hacia su universidad de origen;
- alojamiento y alimentación en el país;
- traslados dentro de nuestro país, cuando corresponda;
- gastos ordinarios y extraordinarios de viaje.
 
c. Al terminar la estancia o pasantía:
- regresar a su universidad de origen una vez finalizados los cursos, prácticas, períodos cortos de residencia o visita académica a menos que el período de su permanencia sea ampliado formalmente.
 
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